
4 Opciones.





A veces es lo mejorjosehonda escribió: de esa dije no denuncio más a nadie, le pego una ostia y fuera![]()

Dejate.... que así termina visitandola seguro. Lo mejor es cruzar los dedos y no meterse en lios siempre que se pueda evitar.ceferalu escribió:A veces es lo mejorjosehonda escribió: de esa dije no denuncio más a nadie, le pego una ostia y fuera![]()


Eso, tu incita a la violenciaceferalu escribió:A veces es lo mejorjosehonda escribió: de esa dije no denuncio más a nadie, le pego una ostia y fuera![]()


Y tenía toda la razón.mrm escribió:Un dicho que dijo un abogado una vez: vale más un mal acuerdo que un buen juicio.

Me temo que lo que te comentó el abogado en numerosas ocasiones así sucede, porque aún teniendo la razón se pueden torcer las cosas y acabar pringando. O se dilata tanto en el tiempo que acaba con tu paciencia y tu salud.mrm escribió:Un dicho que dijo un abogado una vez: vale más un mal acuerdo que un buen juicio.
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk

Alfrenci escribió:Ya sabemos todos que un abogado de los caros (de esos de 6.000 € para arriba) te da muchas más garantías, que uno del turno de oficio, así a grandes rasgos.
Porque el hacto de conciliación, es un derecho del imputado. Sino no se le puede condenar.Alfrenci escribió:Por eso me parece bien que se fomente el someterse a Arbitraje y a Mediación, de hecho los propios Secretarios Judiciales, Jueces y Tribunales animan a ello, incluso una vez iniciado el Juicio.

Siento contradecirte, pero eso es una de las mayores barbaridades jurídicas que he leído en mi vida.Lord escribió: Porque el hacto de conciliación, es un derecho del imputado. Sino no se le puede condenar.



Entonces lo que le hizo hacer el fiscal al juez que me estaba juzgando. ¿Fué de coña?Fito escribió:Siento contradecirte, pero eso es una de las mayores barbaridades jurídicas que he leído en mi vida.Lord escribió: Porque el hacto de conciliación, es un derecho del imputado. Sino no se le puede condenar.
Imputado sólo se puede ser penalmente y en la jurisdicción penal no existen los actos de conciliación. Una figura parecida serían los pactos en los que se asume la culpa y se pacta una pena, pero no es un acto de conciliación propiamente dicho y, en ningún caso, es un derecho del imputado.
Los únicos actos de conciliación que son obligatorios son los que preceden a las demandas laborales, pero no es obligatorio que fructifiquen con un acuerdo, basta con interponerlo y que se celebre (o no por incomparecencia de la parte demandada)
En la jurisdicción civil contenciosa, se pueden intentar siempre que no afecten a determinadas materias o personas, pero en ningún caso son obligatorios

Hacto. ....Lord escribió:
Porque el hacto de conciliación, es un derecho del imputado. Sino no se le puede condenar.

Ahí tienes la respuesta, en algunos ordenamientos(en el español no, desde luego)puede llegar incluso a ser obligado (puede llegar a ser no creo que signifique que siempre es). Los derechos más significativos del imputado son, resumidamente, a que se le traslade inmediatamente la acusación que pesa sobre él y a la asistencia letrada por abogado y procurador, siendo parte en el proceso desde ese momento y siendo necesaria su presencia o la de su representante para realizar determinadas diligencias, pero no se incluyen dentro de los derechos del imputado el intento de celebración de un acto de conciliación previo, salvo, como bien has apuntado en los delitos y faltas por injurias o calumnias. Puede que haya alguno más que ahora se me escapa pero en todo caso, de manera testimonial.Lord escribió: En algunos ordenamientos puede llegar incluso a ser obligado el hecho de tratar de llegar a una conciliación antes de poder presentar una demanda, o ser un trámite obligatorio dentro del procedimiento judicial."

Supongo que abogado..................¿Especializado en alguna jurisdicción en concreto? Si no es indiscrección.Fito escribió:Vale, si, me habéis descubierto, he sido yo el que he contestado que Sí como abogado, procurador, etc

Alfrenci escribió:Supongo que abogado..................¿Especializado en alguna jurisdicción en concreto? Si no es indiscrección.Fito escribió:Vale, si, me habéis descubierto, he sido yo el que he contestado que Sí como abogado, procurador, etc

Perdón por haber puesto imputado.Fito escribió:En primer lugar tu has hablado de un derecho del imputado, como podrás comprobar con lo que tú mismo has escrito en el segundo post, por ningún lado aparece la palabra imputado, habla de querellante y querellado y aunque en algunos contextos querellado e imputado vienen a ser lo mismo, en este caso no. Las faltas y delitos por injurias y calumnias son muy particulares, puesto que sólo pueden ser juzgadas a instancia de parte, no como la mayoría de los demás delitos en los que se juzgan de oficio, basta que las autoridades tengan conocimiento del hecho. Obviamente hay más delitos así, pero la mayoría no lo son. Por tanto no creo que se pueda afirmar que el acto de conciliación es un derecho del imputado en general. Es más, en este caso, sin el requisito previo de la conciliación prejudicial, el querellado nunca se podría convertir en imputado, puesto que no se admitiría a trámite la querella y por tanto nunca sería imputado, ya que la imputación se produce cuando se admite a trámite la querella.
En todo caso es un requisito previo para admitir a trámite algunas querellas (en este caso por injurias o calumnias). No recuerdo si hay muchos más casos en el ordenamiento penal, pero de lo que estoy seguro es de que no es la tónica general.Ahí tienes la respuesta, en algunos ordenamientos(en el español no, desde luego)puede llegar incluso a ser obligado (puede llegar a ser no creo que signifique que siempre es). Los derechos más significativos del imputado son, resumidamente, a que se le traslade inmediatamente la acusación que pesa sobre él y a la asistencia letrada por abogado y procurador, siendo parte en el proceso desde ese momento y siendo necesaria su presencia o la de su representante para realizar determinadas diligencias, pero no se incluyen dentro de los derechos del imputado el intento de celebración de un acto de conciliación previo, salvo, como bien has apuntado en los delitos y faltas por injurias o calumnias. Puede que haya alguno más que ahora se me escapa pero en todo caso, de manera testimonial.Lord escribió: En algunos ordenamientos puede llegar incluso a ser obligado el hecho de tratar de llegar a una conciliación antes de poder presentar una demanda, o ser un trámite obligatorio dentro del procedimiento judicial."
Estaría gracioso ver a Bárcenas saliendo de la cárcel sin poder ser juzgado porque a nadie se le ha ocurrido realizar un acto de conciliación previo a su entrada en prisión![]()
Por mi parte no tengo ningún inconveniente en seguir discutiendo éste o cualquier otro tema que gustes en privado, pero no creo que sea necesario, sólo trataba de aclarar que el concepto general que has afirmado de que el acto de conciliación es un derecho del imputado no es correcto

Son delitos o juicios perseguibles a instancia de parte, sólo se pueden iniciar si la persona perjudicada presenta una querella y no es que sea un derecho del imputado es que, como bien has apuntado antes, lo exige la ley de enjuciamiento criminal.Lord escribió: Perdón por haber puesto imputado.
Yo he estado imputado sin haber celebrado el acto de conciliación y el fiscal le dijo al juéz (por petición de mi abogado) que teníamos que celebrar la conciliación. Si no estarían vulnerando mis derechos y los de otros dos imputados (abogados y colegiados los dos).
En casos de delitos contra el honor si es un requisito para admitir la querella. Al ser un juicio entre partes (creo que se llama así).
No hablamos de una víctima que tenga que conciliarse con su atracador.![]()
Pero en el caso que conozco yo, el mio. La querella llevaba aceptada más de un año. Al decir eso el fiscal. Pensé que era por un derecho del imputado.
Si la reclamación laboral la interpone un funcionario, no hay acto de conciliación propiamente dicho, pero si es obligatorio la presentación y desestimación por la administración de una reclamación previaFito escribió:
Los únicos actos de conciliación que son obligatorios son los que preceden a las demandas laborales, pero no es obligatorio que fructifiquen con un acuerdo, basta con interponerlo y que se celebre (o no por incomparecencia de la parte demandada)


mrm escribió:Un dicho que dijo un abogado una vez: vale más un mal acuerdo que un buen juicio.
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk

Yo tuve la suerte de poder aprender en el despacho de un buen amigo mientras estudiaba la carrera, lo primero que me enseñó fue ese dicho.mrm escribió:Un dicho que dijo un abogado una vez: vale más un mal acuerdo que un buen juicio.
Enviado desde mi GT-I9100 mediante Tapatalk

Fito escribió:Lo segundo: En este despacho están prohibidas las tres P: Ni putas ni pobres ni parientes



Que nervios debes haber cogido, pero esa indenmización tenia que haberse hecho cargo el seguro cuando se lo dictase un juez ó antes en tal caso de reconocer la culpa, lo que te estaba tirando la pelota, la pelota de fuego ardiendo porque como están las cosas esperan al último momento para pagar, me alegro que estés más tranquilo, el ciclista tenía que haberte denunciado desde el principio para obtener lo que le correspondía y no lo vacilacen, un saludo y ya todo pasó!!Ojancano escribió:Yo me he desvirgado hace poco en esto de la justicia, un juicio por responsabilidad civil en el contexto de accidente en la vía publica. Os acordáis de mi hilo "he sido atropellado por un pobre ciclista?" Pues algo he aprendido: mil veces mejor que te peguen una paliza a que te denuncien.
El caso es que el ciclista y yo fetén durante todo el proceso, no hubo malos rollos ni cosas raras. Pero ahí están los putos seguros para sacarlo todo de quicio ... el hombre este sufrió daños materiales menores, pero se jodió la clavícula y tras un par de operaciones y alguna complicación que otra estuvo unos 7 meses de baja impeditiva.
El trato con mi seguro, paquete multirriesgo del hogar que me cubre RC, fue un horror desde el principio, ni os lo podéis imaginar ... no me devolvían las llamadas, hoy me decían que estaba cubierto y mañana me decían lo contrario ... me decian que el dpto médico estaba valorando la documentación aportada cuando yo no los había mandado nada ... horrible, os lo prometo, para que se te fuera la flapa.
Y así estuve 1 año entero. El caso es que cuando el ciclista obtuvo el alta médico, y ante la imposibilidad de posible entendimiento con mi compañía aseguradora por mi mismo, puesto que cada vez que llamaba era un círculo vicioso que siempre acababa con un "vale, me informo y te llamo", tamto por la compañía de la otra parte, un día me llamó el ciclista y me dijo que tendrían que presentar una demanda contra mi ... que es lo que menos le apetecía en el mundo, pero que no le quedaba otra vía para cobrar lo que le correspondía (la baja impeditiva se cotiza como a 57€ / día, así que echad cuentas lo que me demandaba).
El caos continuó, yo demandado por unos 13.000 - 14.000 € (no lo recuerdo bien), mi compañía aseguradora sin dar señales de vida ... en serio que hay que tener una psicología fuerte en estos casos, so pena de enfermar. Y en ese preciso momento conocí a un miembro de este foro, cuyo nombre no revelaré (que lo haga él si lo desea) que sólo conocía de cruzarnos algún mensaje, y se ofreció amabilísimamente a llevar mi caso. El mismo día que se lo conté, me invitó a ir a su despacho, me miró toda la documentación y la noche se tornó día ... "No te preocupes, Jose, que me encargo yo de todo" ... sin ninguna solución en concreto aún, pero ya sólo alguien que te haga caso, salí de su despacho como con 50 kg menos en las espaldas.
Imaginaos lo liado y emputecido que estaba todo, que llevaban un tiempo intentando notificarme del acto de conciliación y no podían, porque habían apuntado mal mi dirección en el atestado!!!! Ahí fuimos los dos juntitos al juzgado, para firmar y que viera la justicia que no estaba desaparecido en combate (porque al loro, es lo mismo que no les abras la puerta a que el domicilio NO EXISTA).
Y para que sigáis flipando; ya después del acto de conciliación, el cual terminó obviamente sin avenencia, cuando ya pasó al rollo judicial ... 2 años después del comienzo de todo esto: os podéis creer que mi seguro pensaba que su cliente era la parte contraria?????? de locos, de locos ...
Finalmente hubo el juicio, ahí te sientan, te pregunta la parte contraria, tú contestas sinceramente, después te pregunta tu parte si procede ... después empiezan a circular testigos, peritos ... y hala, a esperar que se dicte sentencia.
Finalmente fuí condenado a indemnizar a la otra parte a los daños físicos, más los días de baja impeditiva, más costas del juicio (vamos, para pillarte una VFR nueva) ... pero gracias al buen proceder del compañero que llevó mi caso parece que el seguro se está haciendo cargo de todo sin tocar -demasiado- las pelotas.
Os prometo que es de los mayores favores que alguien me hizo en mi vida. Ahora tengo claro que al mínimo problema que tenga, se lo comento del tirón ... no se a cuanto ascenderán los honorarios de un abogado, pero os garantizo que no es nada comparado con la tranquilidad y seguridad que te aporta que alguien docto en la materia mueva lo que haya que mover.


Lo de los seguros es de Juzgado de Guardia, son en general unos impresentables, por no usar terminología más fuerte. Su modus operandi -en general- es poner las máximas trabas y zancadillas, y usar todo tipo de tretas, mentir, confundir, ignorar, etc.......con tal de no soltar un céntimo.Ojancano escribió:
El trato con mi seguro, paquete multirriesgo del hogar que me cubre RC, fue un horror desde el principio, ni os lo podéis imaginar ... no me devolvían las llamadas, hoy me decían que estaba cubierto y mañana me decían lo contrario ... me decian que el dpto médico estaba valorando la documentación aportada cuando yo no los había mandado nada ... horrible, os lo prometo, para que se te fuera la flapa.
os podéis creer que mi seguro pensaba que su cliente era la parte contraria?????? de locos, de locos ...
.

Y también el tener un seguro que pagará los 13.000€ (o bastante más). Si no, lo habría tenido que pagar Ojancano de su bolsillo.Alfrenci escribió:Y supongo que esa falta absoluta de ética (espero que no todos) les surtirá efecto, porque más de uno por no perder la paciencia y la salud, lo dejará correr.
Como bien has argumentado, que te lleve el tema un abogado competente es el único camino para salir bien parado dentro de lo posible.
