Cantabria no va a pasar por la puerta que la nueva Ley de Tráfico ha dejado abierta para ampliar el límite de velocidad a 130 kilómetros por hora. Este aumento está pensado para determinados tramos de autovías y autopistas con condiciones muy concretas de trazado, climatología, estado de la circulación... Aun siendo una de las principales novedades de la norma, que se publicó este pasado martes en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el 9 de mayo, en Cantabria no se va a aplicar porque la Jefatura Provincial de Tráfico considera que aquí no hay dónde.
El jefe provincial de Tráfico, Serafín Sánchez, apenas observa algún punto de la autovía del Cantábrico (A-8) susceptible de incrementar el límite a 130, entre los municipios de Cabezón de la Sal y San Vicente de la Barquera, pero que tampoco es lo suficientemente largo como para justificar una medida así. Ve más inconvenientes que beneficios, pues a su entender «crearía una gran inseguridad al conductor» y no valdría de nada aumentar un solo tramo y dejar el resto de la red igual. La longitud a recorrer a 130 kilómetros por hora tampoco sería la adecuada «como para que el conductor llegue a sentirse cómodo», pues en esa zona la recta apenas mide 15 kilómetros, y, en suma, que ni siquiera ve justificada la inversión en señales nuevas.
«Para pasar de 120 a 130 tiene que hacerse en un tramo que mida como mínimo 40 ó 50 kilómetros, con un trazado recto, buen firme... Y aquí no hay ni uno que cumpla estas características», dice Sánchez.
Lo cierto es que la Ley 6/2014, de 7 de abril, por la que se modifica el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, no recoge de manera expresa el aumento a 130 kilómetros por hora.
Solamente lo deja entrever en la actualización del Anexo IV, el de las multas, en el que se expresa el cuadro y baremos de límites y excesos, y aquí sí se amplia el tramo sancionador contemplando una nueva limitación de 130 kilómetros por hora. Y, aún así, en el apartado 10 se establece que «las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos serán las fijadas de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen, con carácter general, para los conductores, los vehículos y las vías objeto de esta Ley, en función de sus propias características». Esto es, que la Ley lo que hace es dejar el asunto abierto a su regulación en el Reglamento de Circulación.
Cantabria da la espalda a esta opción de aumentar la velocidad a 130, así que pocos cambios habrá a partir del 9 de mayo en cuanto a las sanciones por exceso de velocidad, porque el límite máximo no varía. Y a Serafín Sánchez tampoco le parece tan trascendente: «Se le está dando demasiada notoriedad a lo ampliar a 130, cuando el objetivo prioritario ahora mismo está en las carreteras secundarias. Las de alta velocidad, mejor dejarlas estar», afirma el responsable de la DGT en Cantabria.
Las sanciones
En cualquier caso, la reforma deja bien claro que los casos de exceso de velocidad conllevarán, además de la sanción económica, la pérdida de puntos siempre que se superen los 150 km/h, con independencia de que el límite máximo de la vía sea de 120 km/h o 130 km/h, en los tramos preparados y señalizados para poder circular hasta esta velocidad. En la misma norma que entrará en vigor el 9 de mayo también se incluye la prohibición del uso de los detectores de radar y se tipifica como infracción grave el quebrantamiento de esta prohibición (sanción de 200 euros y pérdida de 3 puntos). Serafín Sánchez recuerda que también se mantiene la prohibición de los inhibidores de radar y se siguen permitiendo los mecanismos que informan de la posición. Son legales los navegadores que avisan del emplazamiento de radares fijos o, en su caso, de los lugares donde más sanciones por radar se imponen.
Por lo demás, el texto prohibe la conducción bajo el efecto de las drogas, lo que está también tipificado como delito en el Código Penal. Se establece, además, la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas a los peatones que hayan cometido una infracción con independencia de si se han visto implicados en un accidente.
Además, la multa por conducir con tasas de alcohol superiores a las establecidas o con presencia en el organismo de drogas pasará de 500 a 1.000 euros.
Esta misma sanción administrativa tendrán los conductores de vehículos y demás usuarios de la vía, incluidos peatones, cuando estén implicados en algún accidente o hayan cometido una infracción y se nieguen a someterse a las pruebas.
Fuente: http://m.eldiariomontanes.es/20140422/l ... 20759.html
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Tráfico descarta para Cantabria el límite de 130 km/h
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Re: Tráfico descarta para Cantabria el límite de 130 km/h
Será en lo único que usen el sentido común. 
El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretende ser superior a las Leyes.
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Re: Tráfico descarta para Cantabria el límite de 130 km/h
Pero seguro que no nos libramos de que rebajen el límite en carreteras nacionales, comarcales y urbanas ... al tiempo.
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Re: Tráfico descarta para Cantabria el límite de 130 km/h
Que no os quepa la menor duda, que como se dice por aquí: "sin joder no vas a quedar".Ojancano escribió:Pero seguro que no nos libramos de que rebajen el límite en carreteras nacionales, comarcales y urbanas ... al tiempo.