Así se recurre una multa
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Así se recurre una multa
Lo he buscado pero no lo he encontrado. El caso es que me suena un post parecido (o igual) a este.
Si está repe, lo siento.
Ahí va eso...
Así se recurre una multa en España
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd.. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÃ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente.
Si está repe, lo siento.
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Así se recurre una multa en España
Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530 cuando iba camino de mi pueblo para hacer la matanza.
Según me dijeron los Guardias Civiles que me pararon, el radar me detectó a la velocidad antes indicada en un tramo limitado a 70km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd.. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho, la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el obligatorio en el país, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.
No se si cuando Vd. terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo (segundo), obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR SEGUNDO, que, tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÃ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba, pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará que 70 m/s equivalen a 252km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carné de conducir, los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala intención.
Atentamente.
- Ojancano
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Re: Así se recurre una multa
Bueno el artículo tomado como broma, pero ... ¿una reclamación así podría ser efectivo?
De hecho, a mi me parece muy importante (fuera de bromas) el respetar el sistema de medidas acordado, que pregunten a la NASA por el Mars Climate Observer a ver si es importante o no
V´sss
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Re: Así se recurre una multa
Yo pensé lo mismo compy.Que pudiese tener razón. Por eso dudaba si poner el post en HUMOR o en GENERAL.
Es bueno...jaja
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Re: Así se recurre una multa
Me imagino el careto del juez. Ao-ao se quedaría. Y encima, fijo que pensó .... joder, este tío tiene razón, jeje
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Re: Así se recurre una multa
Si señor, esta sujeto a derecho.
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Re: Así se recurre una multa
No.Ojancano escribió:![]()
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Bueno el artículo tomado como broma, pero ... ¿una reclamación así podría ser efectivo?
De todas formas.
Yo vi un recurso, que era acojonante.
Una multa con radar, a un ingeniero de radares del ejército.
No sería capaz de repetirlo.
Que si el radar estaba fijado al suelo, distancia hasta postes de luz, titulaciones de los GC para manejar el radar, fechas de caducidad de componentes (enumerados uno a uno).
Respuesta. Recurso denegado.
El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretende ser superior a las Leyes.
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Re: Así se recurre una multa
¿Porqué no?Lord escribió:No.Ojancano escribió:![]()
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Bueno el artículo tomado como broma, pero ... ¿una reclamación así podría ser efectivo?![]()
- Lord
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Re: Así se recurre una multa
Porque viene descrito el significado de la señal, en el código de circulación.grafitti escribió:¿Porqué no?Lord escribió:No.Ojancano escribió:![]()
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Bueno el artículo tomado como broma, pero ... ¿una reclamación así podría ser efectivo?![]()
Porque sino. Podrías decir al ver esta, que no entiendes inglés.

El buen ciudadano es aquel que no puede tolerar en su patria un poder que pretende ser superior a las Leyes.
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Re: Así se recurre una multa
Bien Lord...eso mismo pensé yo. Pero hay un "problemilla": UNA "LEY" ES SUPERIOR A UN "CÓDIGO" !!
(o lo que es lo mismo...lo que dice la Ley, prevalece sobre lo que dice un Codigo, Real Decreto...o lo que sea!).
Al menos eso pienso...igual estoy equivocado...
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Re: Así se recurre una multa
Es que esto es muy complicado. Explico:grafitti escribió:Bien Lord...eso mismo pensé yo. Pero hay un "problemilla": UNA "LEY" ES SUPERIOR A UN "CÓDIGO" !!(o lo que es lo mismo...lo que dice la Ley, prevalece sobre lo que dice un Codigo, Real Decreto...o lo que sea!).
Al menos eso pienso...igual estoy equivocado...
El Código de Circulación que nombramos, en realidad es un Real Decreto Legislativo. Eso es una delegación de las Cortes al Gobierno de turno, para casos de gran complejidad, o para refundir textos que ya han sufrido muchas modificaciones, siempre de carácter muy técnico. Pero siempre se basarán en una Ley de Bases aprobada por las Cortes. Es decir, delegan el desarrollo de esa Ley, pero con unos topes ya impuestos por la Ley de Bases (para que el gobierno no pueda hacer lo que le sale de los cojones).
Los casos típicos que se me ocurren son por ejemplo, El RDL de la Seguridad Social, El RDL por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (El Código), RDL por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ...
Es una norma jurídica con rango de ley. Así que estamos pillaos.
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Re: Así se recurre una multa
Una Ley de física. 
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Re: Así se recurre una multa
Ahola sel tu quien hablal chinoHurry escribió:Es que esto es muy complicado. Explico:grafitti escribió:Bien Lord...eso mismo pensé yo. Pero hay un "problemilla": UNA "LEY" ES SUPERIOR A UN "CÓDIGO" !!(o lo que es lo mismo...lo que dice la Ley, prevalece sobre lo que dice un Codigo, Real Decreto...o lo que sea!).
Al menos eso pienso...igual estoy equivocado...
El Código de Circulación que nombramos, en realidad es un Real Decreto Legislativo. Eso es una delegación de las Cortes al Gobierno de turno, para casos de gran complejidad, o para refundir textos que ya han sufrido muchas modificaciones, siempre de carácter muy técnico. Pero siempre se basarán en una Ley de Bases aprobada por las Cortes. Es decir, delegan el desarrollo de esa Ley, pero con unos topes ya impuestos por la Ley de Bases (para que el gobierno no pueda hacer lo que le sale de los cojones).
Los casos típicos que se me ocurren son por ejemplo, El RDL de la Seguridad Social, El RDL por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (El Código), RDL por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, ...
Es una norma jurídica con rango de ley. Así que estamos pillaos.
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Re: Así se recurre una multa
No. Es muy fácil. Que estamos jodíos.Ojancano escribió:Ahola sel tu quien hablal chino![]()
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Re: Así se recurre una multa
Mira, ahora si lo entendíHurry escribió:No. Es muy fácil. Que estamos jodíos.Ojancano escribió:Ahola sel tu quien hablal chino![]()
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Re: Así se recurre una multa
Ojancano escribió:Mira, ahora si lo entendíHurry escribió:No. Es muy fácil. Que estamos jodíos.Ojancano escribió:Ahola sel tu quien hablal chino![]()
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